Recordamos a nuestros clientes que, de acuerdo a lo previsto por la Unidad de Información Financiera, resulta obligatoria la identificación de los depositantes en efectivo para los depósitos por importes iguales o superiores a VEINTE (20) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles o su equivalente en otras monedas. Para visualizar la normativa relevante al efecto acceder al siguiente documento: